FORMACION ARTESANAL

De la Certificación de tiempo válido de aprendizaje para los Centros o Unidades de Formación Artesanal

Cumplido con los requisitos necesarios se procederá a elaboran la Certificación para la Firma de las CEN y/o CEP en el que constará haber cumplido los 200 o 210 días laborables.

   

MODALIDADES DE TITULACIÓN DE MAESTROS DE TALLER POR PRACTICA PROFESIONAL, PROPIOS DERECHOS Y CONVALIDACION PROFESIONAL

Practica Profesional

Las Organizaciones Artesanales legalmente constituidas deben adquirir en las Juntas Provinciales o Cantonales de acuerdo a su jurisdicción, el Instrumento Técnico para los Cursos de Titulación por Práctica Profesional; en Pichincha lo realizarán en las oficinas Junta Nacional de Defensa del Artesano.

Las Organizaciones artesanales una vez llenado con todos los formatos respectivos, deben presentar en las Juntas Nacional o Provincial de Defensa del Artesano según corresponda, la carpeta para el análisis y Autorización correspondiente, la Comisión Especial Nacional validará los cursos y aprobará la ejecución de los mismos.

Las carpetas de los participantes del curso con los requisitos correspondientes:

•  Copia de la cédula identidad o ciudadanía

•  Copia del certificado de votación de las últimas elecciones

•  Copia de la cédula militar (Hombres mayores de edad)

•  Declaración Juramentada del aspirante e información sumaria que demuestre la experiencia mínima de 7 años de experiencia en la rama artesanal a titularse

•  Certificado de haber terminado la instrucción primaria u otro de mayor nivel, debidamente legalizado ;y,

•  Memoria descriptiva sobre el proceso productivo o de servicio, relacionado con la especialidad a titularse conteniendo 15 páginas mínimo y máximo de 20 páginas

En caso de existir aspirantes en un número menor de 20 en cualquier especialidad, se faculta al gremio o asociación que esté auspiciando a un curso titular a pedido de otra organización artesanal simple; en casos excepcionales, la Junta Nacional de Defensa del Artesano podrá realizar cursos por práctica profesional dirigido a artesanos cuya especialidad no cuente con una organización artesanal que lo represente.

Cumplido con los requisitos del curso y legalizada la documentación las Juntas Provinciales o Cantorales conformarán el tribunal examinador correspondiente.

Propios derechos y convalidación profesional

Los interesados deben presentar los documentos en las Juntas Provinciales, Cantorales según su Jurisdicción para el análisis de las carpetas por parte de las Comisiones Especiales Nacional y/o Provincia según corresponda.

a) Solicitud dirigida a los miembros de la Comisión Especial Nacional, Provincial y/o Directorio de las Juntas Cantorales de Defensa del Artesano,
b) Copia de la cédula de identidad o ciudadanía;
c) Copia del certificado de votación de las últimas elecciones nacionales,
d) Copia de la cédula militar (hombres mayores de edad);
e) Copia del Título Práctico, Bachiller Técnico, tecnólogo o técnico superior o el obtenido en el exterior debidamente legalizado, según corresponda;
f) Memoria descriptiva sobre el proceso productivo o de servicio, relacionado con la especialidad a titularse contenido 15 páginas y máximo de 20 páginas.

Cumplido con los requisitos se procederá a elaborar la conformación de los Tribunales de Titulación de conformidad al Art.102.

 

REQUISITOS PARA LA FIJACION DE COSTOS

Los centros o unidades de Formación Artesanal, particulares, hispanos o bilingües en presencia o a distancia que inicien el período de formación presentarán a la Junta Nacional de Defensa del Artesano en Enero o Julio según el régimen tres carpetas con los documentos:

a) Solicitud dirigida la Presidente de la Comisión Nacional Reguladora de Costos de la formación artesanal particular.
b) Copia de las autorizaciones de funcionamiento
c) Copia de Registro Unico de Contribuyentes.
d) Copia certificada del número patronal del IESS y la última planilla de aportación.
e) Inventario de equipos, maquinarias, laboratorios, mobiliario actualizado y notariado.
f) Copia certificada del balance económico conferido por el colector del Centro o Unidad de Formación Artesanal.
g) Copia certificada de la última declaración mensual o anual del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a la Renta.
h) Copia certificada del título de propiedad, comodato, arrendamiento, anticresis u otro documento actualizado del bien inmueble donde funciona el establecimiento.

   

MATERIALES

El material con que los Centros de Formación Artesanal trabajan, aspiran fortalecer el marco teórico, conceptual, andragógico y alternativo generando una nueva propuesta de investigación sobre la Educación Básica Artesanal, que permita alcanzar una identidad fortalecida, sensible de aportar una alternativa de formación de mano de obra calificada en pro de nuestro País múltiple y diverso.

Bajo ningún concepto se manejará textos y /o cuadernos de trabajo que no haya sido aprobados por la Comisión Especial Nacional, presentaran las sugerencia para cambios, ampliaciones de temas que constan en la mallas curricular deberán ser estudiadas a través de mesas de trabajo.

   

DOCUMENTOS QUE DEBEN SER MANEJADOS DENTRO DEL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE SON:

  • Instrumentos Técnicos para la Autorización de funcionamiento de los Centros o Unidades de Formación Artesanal
  • Instrumento Técnico de Inicio de Labores
  • Textos de Legislación Artesanal, Laboral, Social, Cooperativismo y Tributaria
  • Cuadernos de Trabajo de Educación Básico 8vo, 9no, 10mo
  • Textos de Desarrollo Humano y Ética Profesional.

 

   
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